Economía Circular
28 de abril de 2021
Webinar profundizó en los desafíos que establece el decreto de de Envases y Embalajes de la Ley REP

Isidro Pereda, del equipo proyecto SIG de AB-Chile, participó en esta instancia, en la que detalló los alcances el reglamento.

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El pasado 16 de marzo se publicó en el diario Oficial el decreto que establece las metas de recolección y valorización de Envases y Embalajes en el marco de la Ley de Responsabilidad Extendida al Productor (Ley REP). Los detalles de ese documento fueron revisados en un webinar de nuestra línea temática de Economía Circular, en el que participó Isidro Pereda, del equipo proyecto SIG de AB-Chile

Hay que recordar que la Ley REP obliga a los productores de neumáticos; aceites lubricantes; aparatos eléctricos y electrónicos; pilas; baterías y envases y embalajes, a financiar la gestión de los residuos derivados de estos productos que comercializan en el país. En este caso, las metas obligatorias de recolección y valorización de envases y embalajes comenzarán a regir el 16 de septiembre de 2023.

Cada uno de los materiales tiene metas específicas. “Una empresa que pone plásticos en el mercado tiene que financiar la recolección y valorización del 3% del total de envases que pone en el mercado de la categoría plástico. Esta meta va aumentando a medida que transcurre el tiempo, hasta llegar al año 12. Hay que tener en cuenta que el año 1 es el 2023”, explicó Pereda.

¿Cómo se cumple la Ley REP? A través de los sistemas de gestión, un mecanismo instrumental para que los productores individual o colectivamente den cumplimiento a las obligaciones de la Ley REP.

Aquí aparecen los sistemas individuales de gestión, que sólo se puede recolectar los envases de la marca del productor individual a nivel nacional. Los sistemas colectivos de gestión de menos de 20 productores no relacionados, que sólo pueden cumplir sus metas con residuos de sus productos. Y los Grandes Sistemas Colectivos Domiciliarios o GRANSIC: integrados por 20 o más personas no relacionadas. Pueden cumplir sus metas de recolección y valorización con cualquier residuo de envases.

“Cuando uno no cumple la meta, está afecto a una multa que con 8 millones de dólares. Cuando uno lo hace solo esto se cursa directamente al productor, cuando se cursa de forma colectiva se pasa la multa a través del GRANSIC”, dijo Pereda.

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