13 de marzo de 2018

Empresas conocieron los alcances de la Ley de inclusión laboral de PcD

Encuentro convocado por ACCIÓN desarrollado en el edificio corporativo de VTR, contó con la presentación de Senadis sobre la normativa 21.015 que entrará en vigencia el próximo 1 de abril.

Más de un centenar de representantes de empresas conocieron de parte de Gerardo Hume, Jefe del Departamento de Políticas y Coordinación Intersectorial del Servicio Nacional de Discapacidad (Senadis), la serie de medidas concretas que las empresas deberán adoptar a partir de abril de 2018, para cumplir con la Ley 21.015 de inclusión de laboral de personas con discapacidad (PcD).

La jornada desarrollada el martes 13 de marzo en instalaciones del edificio corporativo de VTR, incluyó tópicos como la evaluación del cumplimiento y efectividad de la ley, plazos y requerimiento mínimos de la normativa. Asimismo se presentaron los cumplimientos alternativos que incorpora la norma, entre las que se incluye la celebración de contratos de prestación de servicios con empresas que ya tengan contratadas a PcD o efectuar donaciones en dinero a proyectos o programas cuyo objeto social incluya la capacitación, rehabilitación, promoción y fomento para la creación de empleos, contratación o inserción laboral de PcD.

Posterior a la presentación, se realizó una amplia ronda de preguntas donde los participantes plantearon sus dudas sobre la implementación de la ley 21.015, interrogantes que fueron respondidas por un equipo técnico de Senadis.

“Una de las cosas que es fundamental y que creo que es el siguiente paso, ya no es hablar de la ley y de los reglamentos; es empezar a hablar de inclusión laboral, intermediación, ajustes de puestos de trabajo, entrevistas, selección, porque ese es el desafío” concluyó Gerardo Hume

Sobre la Ley 21.015

La normativa promulgada en junio de 2017 establece que empresas e instituciones públicas con 100 o más trabajadores deben reservar el 1% de sus puestos de trabajo para personas en situación de discapacidad que figuren en el Registro de Discapacidad (RND) y asignatarios de una pensión de invalidez.

La ley será evaluada al tercer año para medir el real impacto de la cuota en el empleo para personas con discapacidad y la eventual mantención o aumento del 1%. Posteriormente, los ministerios del Trabajo y de Desarrollo Social evaluarán cada 4 años la norma. Ambos ministerios deberán emitir un informe al Congreso para evaluar si el porcentaje se mantiene se eleva, o cambia el tamaño de las empresas que deben acogerse a la normativa.

De acuerdo al Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad, un 20% de las personas mayores de 18 años está en situación de discapacidad (dos millones seiscientas mil personas). De ellos solo el 39,3% tiene empleo. Cifras emanadas del mismo estudio indican que el ingreso mensual promedio de la población adulta con discapacidad es 32% menor que el del resto de los trabajadores.

Estimaciones del Ministerio de Desarrollo Social indican que una vez puesta en marcha la ley, 25.000 puestos de trabajo se abrirán en el mundo privado, impactando a cerca de 7600 empresas. En el sector público se abrirían 2.500 cupos.

La nueva normativa elimina la posibilidad de pagar una cifra inferior al sueldo mínimo a trabajadores con discapacidad mental; derogando el artículo 16 de la Ley N° 18.600. Además fija en 26 años la edad límite para suscribir contrato de aprendizaje a PcD, asimismo instaura de manera explícita la prohibición de todo acto de discriminación que se traduzca en exclusiones basadas en motivos de discapacidad.