La cumbre mundial sobre el clima terminó sin consenso en el polémico artículo 6 del Acuerdo de París y la discusión sobre este punto se aplazó para el próximo año.
El cierre de la COP25 en Madrid, España, fue desalentador. La falta de acuerdo respecto a los mercados de carbono, discusión que se tuvo que aplazar para el próximo año, desató críticas a nivel mundial, pues este era el principal objetivo de las negociaciones de este año.
Pero a ¿qué se refiere esto? Marina Hermosilla, directora ejecutiva de CLG (Líderes Empresariales contra el Cambio Climático de Chile), señala que la hoja de ruta para alcanzar la carboneutralidad (cero emisiones de CO2) es el Acuerdo de París, ya que cuenta con un libro de reglas, compuesto por 29 artículos, que guían a las naciones hacia esta ambiciosa meta.
En todos estos puntos se ha llegado a consenso, excepto en el artículo 6, el que dice relación a los mercados de carbono, punto que no pudo ser resuelto durante esta COP.
En ese sentido, explica Hermosilla, la instalación de mercados de carbono es, tal vez, la herramienta más poderosa del Acuerdo, pues alinea los flujos financieros -públicos y privados- con la acción climática. Es decir, permitiría “realizar la transformación de la economía mundial a una economía baja en emisiones de carbono de manera más costo-efectiva y con el menor costo social posible”, afirmó.
El Mercado del Carbono es un sistema de comercio a través del cual los gobiernos, empresas o individuos pueden vender o adquirir reducciones de gases efecto invernadero, las cuales son certificadas y contabilizadas por el IPCC (Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático).
Se basan en cupos o permisos de emisión, y son una forma de reducir los contaminantes. Por ejemplo, una empresa que está operando con la mejor tecnología disponible y necesita ampliarse, pero no tiene permitido aumentar sus emisiones, podría pagarle la conversión a equipos modernos a otra empresa que tiene tecnología antigua, reduciendo las emisiones de esta última.
Como resultado, la empresa inversora recibe los cupos de emisión liberados a cambio de su pago y, con esto, sube su producción y evita que ella y la otra empresa aumenten sus emisiones. Hay que tomar en cuenta que la autoridad va reduciendo en el tiempo los cupos o permisos que le entrega a cada empresa.
“Como los efectos del CO2 son globales, es decir no importa donde se emitan, el efecto sobre el planeta es el mismo, a diferencia de los contaminantes locales, como el material particulado, cuyo efecto en la salud de las personas se produce en el lugar donde se emite, es posible reducir emisiones en cualquier parte del mundo; pero para ello, los países tienen que ponerse de acuerdo en cómo ‘contar’ los cupos, porque si la empresa inversora está en París, y la empresa receptora está en Concepción ¿a cuál país se le considera la contabilidad de la reducción para efectos de ver si cumple o no, ¿a Chile, que es donde se realizó la reducción, o a Francia que es donde pertenece la empresa que lo financió?”, aclara Hermosilla.
De esta forma, la discusión que finalmente fracasó, se centró en cómo se medirían, reportarían y verificarían las emisiones de CO2 que serían transadas, y cómo se haría el registro de éstas en cada uno de los países que participen de la transacción.