Ética y Gobernanza
3 de agosto de 2023

Webinar abordó los alcances de la ratificación del convenio 190 de la OIT sobre acoso y violencia en el mundo del trabajo

Para avanzar hacia un desarrollo sostenible, es esencial desarrollar culturas organizacionales íntegras. Por esta razón Acción Empresas realizó el webinar “Un llamado a la acción: Espacios de trabajo libres de violencia y acoso”, en el que se revisaron las implicancias en Chile de la ratificación del convenio 190 de la OIT, su aplicación y las vías para la atención y sanción de estas conductas.

REVIVE EL WEBINAR ACÁ
REVISA LA PRESENTACIÓN DE PATRICIA ROA, OIT
REVISA LA PRESENTACIÓN DE CLAUDIA WIEGAND, CHILEMUJERES
REVISA LA PRESENTACIÓN DE JAVIERA IZURIETA, FALABELLA CORPORATIVO

La construcción de empresas sostenibles requiere de lugares libres de violencia y acoso, prácticas que no sólo atentan contra los Derechos Humanos, sino que también constituyen una amenaza para la igualdad de oportunidades, el compromiso de los trabajadores, las relaciones laborales, la reputación de las empresas y la productividad.

Con la finalidad de promover el desarrollo de culturas organizacionales íntegras y centradas en las personas, Acción realizó el webinar “Un llamado a la acción: Espacios de trabajo libres de violencia y acoso”, en el que se abordaron las implicancias en Chile de la ratificación del convenio 190 de la OIT sobre acoso y violencia en el mundo del trabajo, su aplicación y las vías para la atención y sanción de estas conductas.

La actividad contó con la participación de Patricia Roa, Oficial de Programación Cono Sur OIT; Claudia Wiegand, Directora Jurídica de Fundación ChileMujeres; y Javiera Izurieta, Gerente de Gobernanza Falabella S.A.

Para comenzar, Patricia Roa, contó que el convenio 190 fue adoptado el 21 junio 2019 -y ratificado por Chile en marzo pasado- y mencionó la recomendación 206, que entrega orientaciones para la implementación del convenio. También analizó estos instrumentos, detallando los cinco principios fundamentales en los que se basan.

Agregó que el convenio manifiesta que la violencia y el acoso son un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables (no tiene una connotación valórica) e indicó cuándo y dónde ocurre esto: durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo. Sobre el alcance de las responsabilidades de los empleadores, dijo que las medidas previstas deben ser “apropiadas” y “acordes al grado de control” de los empleadores y, en segundo lugar, deberían adoptarse “en la medida en que sean razonables y factibles”.

“Tenemos que tomar acciones decididas, actuar de manera urgente para empujar este cambio cultural y que esta necesidad de cambio cultural no sea la excusa perfecta para esperar que con el lento correr de los años las empresas y el mundo tengan la convicción de erradicar toda forma de violencia en los espacios de trabajo”, señaló Roa.

Claudia Wiegand, Directora Jurídica de Fundación ChileMujeres, planteó la diferencia entre acoso laboral y acoso sexual en Chile y se refirió al rol de la empresa en la protección de trabajadores/as. “Los lugares de trabajo deben ser seguros, donde exista una cultura del respeto, por lo tanto, el empleador en Chile tiene el deber de proteger a quienes trabajan. Esto se manifiesta en que la empresa está obligada a tomar todas las medias necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de los trabajadores/as y de informarles sus posibles riesgos”.

Indicó que del deber de protección se desprenden otras cuatro obligaciones: de prevención, para favorecer un ambiente laboral digno y de mutuo respeto; contar con procedimientos y canales de denuncia; y de atención, investigación y sanción. “Si bien el Código del Trabajo no obliga a que en caso de acoso laboral exista un procedimiento en canales de denuncia, es altamente recomendable que exista un procedimiento sobre acoso laboral, ya que permite resolver situaciones de manera más diligente, pero también evita que las personas recurran a la Dirección del Trabajo o tribunales”, afirmó y enumeró una serie de buenas prácticas en esta materia.

Por último, Javiera Izurieta destacó que en Falabella Corporativo trataron la temática antes de que se implementara el Convenio 190 y relevó la importancia de contar con espacios seguros de trabajo que no sólo garanticen la ausencia de afectación (salud física, psicológica y sexual), sino también cuenten con espacios que permitan promover el desarrollo personal y profesional de las personas. “La violencia y el acoso afectan negativamente a la organización, a las relaciones, al compromiso de los trabajadores y a la reputación de la empresa. Esto repercute en la productividad”, dijo.

En este sentido, Izurieta indicó que Falabella trabaja en distintas iniciativas que le permite ser un lugar más seguro para los equipos y que cuenta con cuatro ejes de acción: normativa interna, prácticas de buen gobierno, gestión de riesgos, canal de integridad.